El acta de reconocimiento de deuda

Si nos deben dinero por un trabajo realizado, una compraventa o cualquier circunstancia, tenemos que recordar que además de poder reclamarla judicialmente, mucho mejor es llegar a un acuerdo. Por ello queremos destacar la importancia de un acta de reconocimiento de deuda, que se puede hacer ante notario o ante el secretario judicial, en la que las partes llegan a un acuerdo, suscriben ese acuerdo con unas condiciones, las que en cada circunstancia sean oportunas, y a partir de ese momento ese acuerdo es ejecutable, lo cual nos ahorra largos procedimientos judiciales, ganamos muchísimo tiempo y sobre todo seguridad jurídica.

1 comentario en “El acta de reconocimiento de deuda”

  1. jose enrique galbis blanco

    Puede el Abogado de Administracion de justicia ante Secretario Judical negarse a aceptar la presentación del acuerdo de reconocimiento de deuda en el Juzgado?

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